cuasidelito en derecho romano

Por esta razón, la esencia de la novedosa elaboración muciana se mantuvo aún en las Instituciones de Gayo, quien ubicó dicha construcción dentro de la más amplia bipartición de las obligationes quae ex contractu vel ex delicto nascuntur. (1977, pp. En consecuencia, no podría haber sido el criterio distintivo (Stein, 1958, p. 369; Wołodkiewicz, 1970, p. 223; Paricio, 1987, pp. • A pesar de que hay muchos criterios para categorizarlos, nos basaremos en dos: su contenido y con respecto a quién. Cuasidelito o delito culposo o imprudente[1]​ es un término jurídico usado en legislaciones de Derecho continental, referente a una acción u omisión no intencional que provoca un daño a una persona; en otras palabras, es un hecho dañoso realizado sin dolo, es decir, sin tener una intención maliciosa de cometer un perjuicio a otro. Talamanca, M. (1990). Ley. contrario con la colectividad de los ciudadanos. 399-469). Lo Schiavo, A. 21 «Considera ahora otros peligros de la noche: la altura que alcanzan las elevadas casas, de donde un recipiente te hiere en la cabeza cuantas veces caen de las ventanas jarrones desconchados y partidos, y el enorme peso con que marcan y hacen mella en el pavimento. 155-156). En cuanto al ilícito de positis, la acción continuó siendo de carácter preventivo, pero ya no implicaba la condena a una poena, sino la imposición de una obligación de hacer consistente la remoción de la cosa puesta peligrosamente (Schipani, 2009, p. 119; Alessandri y otros, 2004, pp. No obstante, estos supuestos resultaron, de alguna manera, huérfanos respecto de la categoría a la cual pertenecían, puesto que, según las normas que los prevén, la responsabilidad procede sin la necesidad de una culpa, tal como acontecía en el derecho romano clásico —pese a que el cuasidelito haya sido definido como el ilícito culposo—. Asimismo, Gayo enunció y a continuación consideró los principales ilícitos que, para su época, integraban la categoría delictum8: el furtum; la rapina o hurto con violencia, que se configuró como un delito independiente a partir de la promulgación del edicto del pretor Lucullo, quien introdujo la actio vi bonorum raptorum en el año 76 a.C.; la iniuria– contumelia, que consistía en causar lesiones a la integridad física o moral de un hombre libre; y el damnum iniuria datum o el daño injustificado a una cosa ajena (delito que fue regulado por la lex Aquilia9). • Terms of Use 195 y ss. En cuanto al ilícito del juez afirman las Instituciones (I.4,5 pr.) 40 «Si de una casa habitada por varias personas se arrojara agua o alguna otra cosa a un transeúnte que le causara un daño. Mas hay mucha diferencia entre un habitante y un huésped, cuanta hay entre el que tiene domicilio y el pasajero» (Ulp. Este hecho se basó en la interpretación que la jurisprudencia realizó de la previsión legislativa, especialmente de la necesidad de que la conducta fuera cometida con iniuria. En consecuencia, como Juvenal nos los describe de manera irónica21, los transeúntes de las tortuosas calles romanas se encontraban sometidos a extraordinarios peligros, pues cualquier tipo de cosa podía caer desde las ventanas de los edificios circundantes y causarles daños o lesiones. En lo que tiene que ver con la remoción de desechos, las insulae carecían de cualquier tipo de calefacción y ventilación. 118 y ss.) En este título se trata solamente de los cuasicontratos» (Código civil chileno, artículo 2284). Robo con fuerza en bienes nacionales de uso público y sitios no destinados a la habitación (art. • En esta clase revisaremos cómo se clasifican los derechos. ; Cursi, 2007a, pp. 192 y ss.). (2016).  La falsedad (falsi) Ancora sul «iudex qui litem facit». Bullettino dell’Istituto di Diritto Romano, 15, 171-224. Es evidente la divergencia entre este fragmento y la summa divisio de Gai.3,88. El habitator de cuyo cenaculo era arrojada o derramada una cosa y causaba un daño, o en cuyo tejado o alero se ponía una cosa en modo peligroso, respondía sin culpa, independientemente de que hubiera sido él quien realizó la conducta, o hubiera sido alguna otra persona que se encontraba en su habitación. II.96), quien describió Roma del siguiente modo: «puesta como está, entre colinas y valles, suspendida en el aire por sus habitaciones, desafortunada en lo que tiene que ver con sus calles y angostísimas callejuelas». Estas dos clases de obligaciones fueron ubicadas a la par con las obligaciones ex contractu y ex delicto, conformando una cuatripartición de las causae obligationum. Tratado de responsabilidad extracontractual. Delitti (dir. ; Albertario, 1936b, pp.142 y ss. sólo podían ser instauradas por la parte interesada en el asunto. En primer lugar, aceptar que las Res Cott. Asimismo, de la responsabilidad sin culpa se seguía la procedencia de una denominada exceptio noxalis en los casos en los que el habitator del cenaculum estaba en capacidad de demostrar que el autor material de la effusio o deiectio había sido su hijo o esclavo (Ankum, 2007, p. 434; Cursi, 2007b, pp. [ Links ]. 7 y ss.). Estas figuras eran disímiles entre sí; por ello, eran valoradas en su propia individualidad y tenían un proprium ius. : ricerche storicodogmatiche (P. II). ); Grosso (1963, pp. Mientras que, en el derecho clásico, los supuestos agrupados dentro de las variae causarum figurae eran considerados en su propia individualidad y generaban una obligación «como si fueran» un contrato o un delito, solamente con el fin de aplicarles analógicamente las reglas propias de tales institutos; en el derecho justinianeo, había obligaciones que nacían quasi ex contractu o quasi ex maleficio, es decir, cuya causa era un cuasi contrato o un cuasi delito. Transcurrían muchos años para que el incumplimiento de los contratos y el régimen de los daños derivados del mismo adquirieran entidad independiente. Estas Empero, una interpretación de este tipo no tiene asidero ni en la tradición del instituto ni en el detalle normativo. ; Schipani, 2009, p. Por tal razón, fueron perseguidos a través del procedimiento El art. Volumen XX. «Obbligazione (storia)». 74 y ss. Istituzioni di diritto romano II. 141195). Esta norma, que pertenece al título que regula los cuasicontratos, también aparece en el Código colombiano en el artículo 2302, pero con algunas modificaciones introducidas tanto en el proceso de adopción del Código civil en Colombia, como en la misma ley 57 de 1887, como lo evidenciamos en el siguiente cuadro comparativo: Una lectura del texto nos permite notar que Andrés Bello, en el Código civil chileno, definió el delito como el ilícito cometido intencionalmente y el cuasidelito como el hecho culpable no intencional. La aplicación de la acción por daño contingente en Chile, Colombia y Ecuador: del modelo de Bello a nuestros días. Sin embargo, algunas En consecuencia en el ordenamiento jurídico interno no existe norma . 24 y ss. Para la reparación del daño causado por estos hechos ilícitos, la ley les ha asignado una acción particular. Adicionalmente, el ilícito aquiliano había sido interpretado con tal amplitud en el derecho bizantino y medieval que cobijaba toda afrenta patrimonial y a la persona. es una obra de Gayo, el fragmento que contiene la tripartición de las causae obligationum fue interpolado. Algunos de aquellos principios siguen vigente en gran parte del mundo en cuanto a las consecuencias de los daños causados injustamente proviene de la evolución que tuvo en esta materia el derecho romano. [ Links ]. Delitos y cuasidelitos en el derecho romano. Algunos de estos supuestos eran de carácter lícito —como la negotiorum gestio, la tutela, el legado y la solutio indebiti—, de los cuales nacía una obligatio quasi ex contractu; otros eran de carácter ilícito y daban origen a una obligatio quasi ex delicto (Gallo, 1973, pp. Estos se dividen en cuatro clases, según que la obligación se contrae por la cosa, por las palabras, por escrito o por el consentimiento. Ello se derivaba de que la responsabilidad era sin culpa, pues la acción por effusio vel deiectio no pretendía castigar una conducta personal, sino tutelar la seguridad de los transeúntes (Serrao, 2002, p. 127; Mattioli, 2010, p. 127). y Gallo (1973, pp. 38 «Ciertas obligaciones se forman sin que intervenga ningún convenio, ni por parte de aquel que se obliga, ni por parte de aquel hacia el cual está obligado. 44 «Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen o de la ley, o del hecho voluntario de una de las partes. En materia de responsabilidad civil extracontractual, las normas del Código civil colombiano son, en sustancia, las mismas del chileno. Como tuvimos la oportunidad de explicar, esta distinción fue el resultado de las construcciones justinianeas, medievales e iusnaturalistas. Milán: Giuffrè         [ Links ]. acciones surgidas por la actividad del pretor (como la actio sepulchri violati, de positis objeto que con su caída causara daño, respondía a una acción popular y sancionaba un Cuerpo del derecho civil romano. Esto se manifiesta desde la misma clasificación de las causae obligationum de las Instituciones de Justiniano: La siguiente división se determina en cuatro especies: pues, o nacen de un contrato, o como de contrato, o de un delito, o como de un delito… (I. Los cuatro supuestos que —según el Gayo de la Res Cott.— daban origen a una obligatio quasi ex delicto (supuestos que examinaremos a continuación) eran actos ilícitos previstos mediante acciones pretorias. Per la ricostruzione e l’utilizzazione della dottrina di Gaio sulle «obligationes ex variis causarum figuris». III Aur. Luego, en la versión original del Código adoptada por la ley 57 de 1887, que correspondía al Código que regía en la Unión desde 1873, esta norma aparece modificada —probablemente con la finalidad de completar la tarea de sustitución de la expresión «cuasidelito» por la de «culpa»—. II.2.3. Primero debemos diferenciar entre los delitos romanos, los públicos, que afectaban a la comunidad en su conjunto, llamados "crimina" como el parricidio o la traición a la patria, de los privados (furtum, rapiña, daño injustamente causado e injuria) de los cuales surge el vínculo obligacional entre el ofendido y el ofensor. En Francia, estos postulados tuvieron una notoria difusión gracias a las obras de Jean Domat y Joseph Pothier, que fueron la base del Code Civil. Asimismo. La cuatripartición que encontramos en el parágrafo 89, relacionada con las obligaciones que nacen ex contractu, ya había sido propuesta por la jurisprudencia tardorrepublicana, con seguridad al menos desde Quinto Mucio Escévola (Pomp. francés, art. Fercia, R. (2002). Así, el artículo 1437 del Código civil chileno. 174 y ss. Bien jurídico y clasificación en los delitos de robo con fuerza en las cosas 2. En caso de que varias personas habitaran el lugar, todas estaban obligadas a responder solidariamente por la lesión o el daño causado. Por lo tanto, la categoría de las variae causarum figurae permitió un perfeccionamiento sistemático de la materia, pues era lo suficientemente elástica como para abrazar cualquier figura generadora de obligaciones que no fuera ni un contractus ni un delictum. III Aur. Los dioses eran los árbitros de las sanciones, el castigo que se daba al autor del hecho era un sacrificio, y el delincuente era la victima de la expiación. En El sistema jurídico romanístico y los códigos modernos. [ Links ], Alessandri, A. 265 y ss.). D. 46,3,80)2 y luego por Labeón (Ulp. En la época Justineana la responsabilidad viene extendida a la negligencia y la pena puede reducirse a la vera aestimatio litis. Es decir, por carecer de dolo. Traité des obligations (9a ed.). y Albertario (1936a, pp. Normalmente en estos casos si la pérdida era económica se indemnizaba con el doble del perjuicio causado, mientras que si se producían heridas o la muerte de una persona era el juez quien establecía la indemnización a pagar. 1151 cod. En autores varios, La filosofia greca e il diritto romano II. ; Giménez-Candela, 1990, pp. Cualquier acto ilicito que no llegue a ser delito es un cuasi-delito. D. 5,1,15,1).Este fragmento no es considerado genuino por la mayoría de la doctrina y, a pesar de las diversas reconstrucciones del mismo, los autores coinciden en que la parte que se encuentra entre paréntesis no es original del texto ulpianeo, pues la referencia al dolo malo no puede considerarse clásica. Una consideración en este sentido no resulta ajena ni siquiera al Gayo de las Instituciones, pues, en un fragmento referente al furtum manifestum (Gai. En Omnium iuris interpretum antesignani commentaria IX. Además, resulta particularmente significativo que, en este mismo título, el jurista desarrolló una extensa discusión acerca de la distinción entre el dolo y la culpa, analizó los diversos grados de culpa y consideró la regla según la cual la culpa lata se equipara al dolo («dolus est latior culpa»)35. [ Links ], Guzmán Brito, A. En el manuscrito veronés de las Instituciones, la materia de las obligaciones fue expuesta por el jurista sobre la base de que ellas se dividían en dos especies: las que nacían de un contractus y de un delictum: Pasemos ahora a las obligaciones, cuya principal división se reduce a dos especies, pues toda obligación o nace de un contrato o procede de un delito. Sin embargo, el autor diferencia, de un lado, si la cosa cayó, caso en el cual se trata de un auténtico «hecho de la cosa», y, de otro lado, si la cosa la arrojó alguien, caso en el cual se trata de la responsabilidad por «el hecho del hombre». ; Serrao, 1963, pp. responsabilidad estricta en derecho romano, como se constatará a lo largo de todo este trabajo. I. EL ORIGEN DE LAS OBLIGATIONES QUASI EX DELICTO EN EL DERECHO ROMANO CLÁSICO, I.1. DERECHO ROMANO - SU UTILIDAD. Por lo tanto, sostiene esta doctrina que, mientras el Code civil estableció una regla general de responsabilidad por el hecho de las cosas, el Código chileno estableció tres casos específicos —a saber, el daño causado por animales, el daño causado por la ruina de un edificio y el daño causado por cosas que caen o se arrojan desde un edificio—. Las obligaciones nacen o de un contrato, o de un delito, o por cierto derecho propio, según las varias especies de causas (Gai. Si el hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato. Con todo, consideramos que la sustitución casi total de la expresión «cuasidelito» por «culpa» no implica la desaparición del cuasidelito, pues, a decir verdad, como lo hemos explicado a lo largo de este escrito, los cuasidelitos —como institutos jurídicos autónomos, surgidos en la codificación justinianea—, siempre han estado vinculados a los actos ilícitos que causan un daño con culpa. 73 y ss. Anterior Siguiente Inicio Historia Derecho Romano ); Schipani (2015, p. 238). Los cuasi-delitos son aquellas serie de actos semejantes a un delito pero que no llegaban a serlo y que no estaban sancionados por una pena sino que se sancionaban con una indeminización. XXIII ad ed. [ Links ], García y Bellido A. [ Links ], García del Corral, I. XIX ad ed. Proviene del latín "CONTRACTUS" derivado de "CONTRAHERE" que significa concertar, lograr. Si la pena se establece directamente en interés de la sociedad, y el derecho de acusación corresponde a los magistrados y a cualquier ciudadano, el delito se llama delictum publicum vel crimen. Así, constituían un grupo ecléctico de figuras particulares, carentes de caracteres generales comunes entre ellas, lo cual se expresaba en su misma denominación: variae causarum figurae. Una opinión distinta ha sido recientemente propuesta por Arnese (2011, pp. Litem suam facere. El dolo en la obra de Cicerón. Esta transformación, a decir verdad, no fue una simple articulación interna de las variae causarum figurae, sino que representó el surgimiento de dos categorías puestas en directa contraposición a los contratos y a los delitos. 3 Sobre el uso de la definitio per divisionem y, en general, de la retórica en las Instituciones de Gayo, véase Martini (1964, pp. En Scritti di diritto romano II. Es el acuerdo de voluntades entre dos o más personas con el objeto de crear vínculos de obligaciones. dependientes cometían robos o daños, quasi ex delicto. que ordinariamente consiste en el duplo, en el triplo o en el cuádruplo del daño [ Links ], Arnese, A. El escenario que encontramos a partir de la Codificación de Justiniano, con relación a los delicta y a los supuestos que originaban una obligación quasi ex delicto, presentó importantes alteraciones que fueron, a la postre, el germen de una profunda transformación del régimen de responsabilidad por actos ilícitos. 144 y ss. 3,13,2). En el mismo sentido, pueden consultarse las siguientes sentencias: 18 de noviembre de 1940; 17 de noviembre de 1943; 17 de diciembre de 1943; 17 de mayo de 2011. En fin, debe notarse que la solutio in debiti, la tutela, la negotiorum gestio y el legado eran institutos del ius civile. [ Links ]. Schipani, S. (2012). Bogotá: Temis. Este documento está en Espanol, pero la página no dejó cambiar la preferencia. 1370). Guardar. Por lo tanto, parece claro que no es el origen pretorio el elemento que diferenciaba los supuestos que producían una obligación quasi ex delicto de los delicta (Riccobono, 1964, pp. De esta manera, el codificador francés, acudiendo a la terminología delito y el cuasidelito, estableció un principio general de responsabilidad extracontractual según el cual solo el daño causado con culpa, ya sea con intención o malicia, o por imprudencia, negligencia o descuido, debe ser reparado. Como bien sabemos las obligaciones son los hechos jurídicos que dan origen a ellas, Justiniano señaló 4 tipos de fuentes de las obligaciones: contratos, delitos, cuasicontratos y cuasidelitos. de Gayo, daban origen a una obligación quasi ex delicto. 118 y ss.). 8 El delictum, que deriva del verbo delinquere, en el lenguaje más antiguo, significaba deficere (acto deno hacer aquello que es debido). proem., 6. En lo que tiene que ver con los demás supuestos que, conforme a la tradición romanista, formaban parte de la categoría de los cuasidelitos, el Code civil no incluyó ninguno de ellos. La dottrina delle obligationes quasi ex contractu. Casavola, F. (1966). Claims for damages arising as a result of a delict or quasi-delict committed in the territory. LICENCIATURA EN DERECHO. ; Földi, 2001, p. 419). Rom.). Recueil complet des travaux preparatoires du Code Civil XIII. 159 y ss.). seguridad del Estado. En consecuencia, la distinción de los dos institutos resulta relevante solo desde el punto de vista terminológico. i. Crimina: Los crimina son las infracciones generadoras de un daño a toda la sociedad o que motivaban la irá divina. 212 y ss.) Tal como su título lo indica, las disposiciones communes a todo procedimiento y de los incidents, se explican en forma clara y con espíritu didáctico, donde se analizan, entre otras, las normas que regulan la actuación de las partes y la contienda judicial, la formación y tramitación del proceso, los incidents y las resoluciones judiciales. ; Paricio, 1987, pp. El cuasidelito es un hecho ilícito, una acción dañosa para con otra, cometido sin intención, sin ánimo de hacer mal, o de la que, siendo ajena, debe uno responder por algún motivo. Cannata, C.A. En efecto, mientras en el derecho clásico se pretendía explicar los caracteres de la obligación que originaban —como de delito—, ahora se definen las características de la fuente misma. Cursi, M. (2007a). Este problema ha suscitado de antaño vivas discusiones doctrinales y ha motivado diversas teorías, que podemos sintetizar así: una primera teoría sostiene que las Res Cott. ); Wołodkiewicz (1970, pp. El Derecho Romano es el conjunto de los principios del derecho que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia , desde su origen hasta la muerte del emperador Justiniano. Más información. XLIV, tit. Finalmente fue la propia ley la que estableció la obligatoriedad de la composición, pues en ella se determino la cuantía de la pena o se fijaron los criterios para su determinación. Esta tendencia tuvo continuidad en otras obras de otros juristas bizantinos. D. 9,3,6,3). [ Links ]. 2332, que al hablar de la prescripción de las acciones empleó las expresiones daño o dolo para referirse al delito y cuasidelito. (2003). 462 y ss. La responsabilidad recaía en cabeza del habitator, con independencia de su relación jurídica o de hecho con el bien —propietario, arrendatario, usufructuario, comodatario, poseedor, mero tenedor, etcétera—, pues bastaba que fuera el detentador material del apartamento23. Cardini, M. (1909). D. 4,9,7 pr.). D. 9,3,1 pr.). ); Grosso (1963, pp. https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Cuasidelito&oldid=126243058, Licencia Creative Commons Atribución Compartir Igual 3.0. Encontramos un escolio de Agioteodorita (Bas. Así en el. la actio vi bonorum raptorum. [ Links ], Pothier J. IURA, 8. En consecuencia, se amplió el ámbito del ilícito, para abarcar no solo la abstención de la decisión, sino también el proferir una decisión injusta, la cual podía derivar de una conducta dolosa o simplemente imprudente del juez (D’Ors, 1982, pp. Claro Solar, L. (1992). Venecia. [ Links ], Accursius (1969). Como veremos más adelante en un principio toda responsabilidad fue delictual. Las acciones mixtas son aquellas por las cuales se exige a un mismo tiempo la Este fragmento afirma que las obligaciones se dividen en aquellas que nacen de un contrato, o como de un contrato, de un delito o como de un delito. Tradicionalmente, la doctrina afirma que esta diferencia terminológica no tiene gran trascendencia, pues el término maleficium era conocido por Gayo y era usado por él en un sentido equivalente a delictum, pues ambos aparecen en las Instituciones como sinónimos. (Gai. Por lo tanto, el dolo no era un elemento esencial de todos los delicta ni la culpa estaba excluida de la estructura de estos. Esto es así por una razón esencial: el damnum iniuria datum, delito previsto en la lex Aquilia — uno de los delitos más significativos y que fue objeto de una particular atención y reflexión por parte de los juristas clásicos— tenía como criterio de imputación de la responsabilidad, desde época de Quinto Mucio Escévola, la culpa. Lo que sí podía hacer la ley, entendiéndose como el ordenamiento jurídico en general, era hacer que una persona estuviera sujeta a la pena, como si hubiera cometido el delito o crimen, aunque en realidad no lo hubiese cometido (Gallo, 1973, pp. Por lo tanto, su previsión se consideró inútil, suprimiendo estos artículos del proyecto de Code Civil41. 129 y ss.). Gayo (1985). 210 y ss.). : art. 89 y ss. Por lo tanto, la tradicional clasificación entre delitos y cuasidelitos, acogida en materia de fuentes de las obligaciones en el Código de Bello por influencia del Código francés, resultó meramente formal y sin ningún efecto o utilidad sustancial. (1970). Estos delitos públicos, cuyo conocimiento Lugli G. (1937). jueves, 3 de abril de 2014. Posteriormente, ese elemento religioso dio paso al concepto de venganza privada, de carácter lícito, en la que el agraviado o sus allegados, reaccionaban contra quien había cometido la falta, pudiendo infringirle el mismo daño que había sido recibido. The aim of this paper is to highlight the most important aspects of this category that allow for a re-reading of the modern category of quasi-delict in the light of classical Roman categories.  El abuso o extralimitación de poder por parte de los magistrados o del Senado ); Giménez-Candela (1990, pp. No obstante, el resultado fue desafortunado, pues el cuasidelito quedo definido como el ilícito que intencionalmente causa un daño, lo cual era a todas luces inexacto. Doctor en Derecho de la Università degli Studi di Roma «Tor Vergata». En ella, se podría aplicar uno de estos tres cuasidelitos. Le fonti delle obbligazioni e la genesi dell’art. 202 y ss.). 112.). Después el pretor concebido acción en otros casos, fuera de los cuatro delitos privados del Derecho Romano. «El derecho romano desarrollo la división entre el derecho público en el que el Estado está directamente involucrado tales como las cuestiones de traición, los impuestos y el derecho privado que se ocupan de los conflictos entre las personas como por ejemplo en materia de contratos. especies de causas)11. subjetivos. 27 «Asimismo, se considera que el capitán de una nave, o el hostelero, o el posadero está obligado por un casi delito por razón del daño o el hurto que se hizo en la nave, o en el hostal, o en la posada, si es que no hay delito alguno de él mismo, sino de alguien de aquellos con cuyo servicio explota la nave, el hostal o la posada; porque no hallándose establecida contra él esta acción por virtud de un contrato, y siendo en cierto modo reo de culpa, porque utiliza servicios de hombres malos, se considera por lo mismo que está obligado por un casi delito» (Gai. 105 Los glosadores son aquellos especialistas del derecho que en el siglo XI comienza a estudiar el derecho romano clisico y se limita a glosar, a comentar cada una de las. Una segunda teoría, formulada por quienes afirman que las variae causarum figurae son posclásicas y que en el derecho clásico los únicos actos que originaban obligaciones eran del ius civile, sostiene que los ilícitos incluidos en las variae causarum figurae eran supuestos previstos en el edicto del pretor mediante la concesión de acciones in factum. ; Ankum, 2007, pp. clases de acciones: poenales , rei persecutoriae , mixtae****. Vita Romana. (1996). De este significado general y de uso corriente, el sustantivo delictum adoptó un significado jurídico y una ubicación técnica concreta: el acto ilícito castigado con una pena privada.  Todo el contenido de esta revista, excepto dónde está identificado, está bajo una Licencia Creative Commons, http://dx.doi.org/10.4067/S0718-80722009000200001. Los cuasicontratos se encuentran en el artículo 2302 del Código Civil Colombiano. Existen noticias de la existencia de otros delitos más antiguos, como la actio de pauperies, de modo agri, de pastu pecoris, de arboribus succisis, de rationibus distrahendis; todos estos ilícitos eran castigados mediante acciones penales privadas (Lauria, 1938, pp. 137 y ss. Gaio nel suo tempo. Además, se aprecia en la obra bizantina una radical contraposición entre las diversas fuentes de las obligaciones, pues el contrato y el cuasicontrato fueron identificados con la licitud del acto y se distinguieron por la presencia o no del acuerdo.

El Sis Cubre Odontología 2022, Colegio Trilce Primaria, Cuenta Sueldo Interbank, Diferencia Entre Menestras Y Legumbres, Estructura Orgánica Del Poder Judicial,